Alvaro Vargas Llosa, La Haya y la intolerancia del peruano

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El lunes 27 de enero, el mundo entero sabrá el resultado del veredicto final de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de la Haya, encargada de solucionar el diferendo limítrofe marítimo entre Perú y Chile. Por ello, a modo de preámbulo, vamos a destacar los planteamientos desarrollados por Álvaro Vargas Llosa (AVLL), quien luego de terminada la fase oral del juicio (2012), envió una carta al Ministerio de Relaciones Exteriores peruano, donde mostraba su casi total incredulidad acerca de un futuro triunfo sobre Chile. De este hecho nos llama la atención dos aspectos: en primer lugar, la argumentación elaborada de Vargas Llosa, y en segundo lugar, la reacción brutal de la sociedad peruana contra el periodista por haberse inclinado hacia una posible derrota peruana en el juicio.

Argumentos de las partes litigantes

Como es de público conocimiento, Perú asume que no existe tratado de límites marítimos con Chile, por lo cual es necesario llegar a un acuerdo equitativo y proporcional donde la zona en disputa sea dividida, usando una línea equidistante entre la proyección de la costa sur de Perú en el mar y la proyección de la costa norte chilena. Por su parte, Chile plantea que sí existe tratado de límites marítimos con Perú, denominado Declaración de Santiago de 1952, donde queda establecido el paralelo latitudinal como límite definitivo.

Argumentos de Álvaro Vargas Llosa

Los planteamientos de Vargas Llosa están sustentados de la siguiente manera. Primero, admite que no existe tratado “perfecto e integral” de límites marítimos entre las partes. Sin embargo, apunta a la búsqueda del espíritu de las leyes, y no a la estricta formalidad con que fueron escritos. En función a lo estipulado en los artículos 15, 74 y 83 de la Convención sobre Derecho del mar de 1982, AVLL destaca que lo único que se pide de los países es un acuerdo para definir sus límites marítimos. La convención, sin embargo, no exige cómo debe ser ese acuerdo, si puede estar contenido en otro más extenso, o si debe existir un documento único y exclusivo sobre el tema.

2.1  Decreto supremo n° 781

Si revisamos el decreto supremo n°781 de Perú, como sugiere la carta de Vargas Llosa, encontraremos en el punto tres (3) lo siguiente:

3.- “Como consecuencia de las declaraciones anteriores, el Estado se reserva el derecho de establecer la demarcación de las zonas de control y protección de las riquezas nacionales en los mares continentales e insulares que quedan bajo el control del Gobierno del Perú, y de modificar dicha demarcación de acuerdo con las circunstancias sobrevinientes por razón de los nuevos descubrimientos, estudios e intereses nacionales que fueren advertidos en el futuro; y, desde luego, declara que ejercerá dicho control y protección sobre el mar adyacente a las costas del territorio peruano en una zona comprendida entre esas costas y una línea imaginaria paralela a ellas y trazada sobre el mar a una distancia de doscientas millas marinas, medida siguiendo la línea de los paralelos geográficos. Respecto de las islas nacionales esta demarcación se trazará señalándose una zona de mar contigua a las costas de dichas islas, hasta una distancia de doscientas millas marinas medidas desde cada uno de los puntos del contorno de ellas”.

Aquí, las propias autoridades peruanas reconocen el paralelo como línea limítrofe de control y protección. El anterior documento fue suscrito por el presidente de Perú en 1947, Luis Bustamante y Rivero, y por su canciller García Sayán. Este último, en sus memorias también graficó unos bocetos cartográficos partiendo de los paralelos latitudinales como límite marítimo peruano.

2.2  Declaración de Santiago - 1952

En 1952 se redacta esta declaración donde se reafirma a los paralelos como límites marítimos, específicamente en el punto cuatro (4):

IV. “En el caso de territorio insular, la zona de 200 millas marinas se aplicará en todo el contorno de la isla o grupo de islas.
Si una isla o grupo de islas pertenecientes a uno de los países declarantes estuviere a menos de 200 millas marinas de la zona marítima general que corresponde a otro de ellos, la zona marítima de esta isla o grupo de islas quedará limitada por el paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre de los Estados respectivos”.

Se entiende por esto que cualquier isla peruana, ecuatoriana o chilena, cuenta con 200 millas marítimas a su alrededor, encontrándose limitada solamente por los paralelos donde comienza el mar territorial de algún país vecino. Ante esto, la defensa peruana alega que esta declaración solamente es un acuerdo pesquero, sin embargo una lectura de tal documento no deja claro esa afirmación. Al contrario, el título mismo de la declaración sugiere que buscaban definir los límites marítimos territoriales, a saber: “Declaración sobre Zona Marítima”. Las razones por las que la defensa peruana caracteriza este tratado como uno orientado a la explotación y conservación de riquezas marítimas, se debe al convenio de 1954 donde se le cataloga como tal. De cualquier forma, basándonos en la interpretación de AVLL sobre la convención de derecho del mar (1982), esto no sería inconveniente para que sea válido.

2.3  Convenio sobre zona especial marítima fronteriza – 1954

En este documento, queda plasmado en el primer artículo el criterio limítrofe de los paralelos:

“PRIMERO: Establécese una Zona Especial, a partir de las 12 millas marinas de la costa, de 10 millas marinas de ancho a cada lado del paralelo que constituye el límite marítimo entre los dos países”

.De esta manera, queda claro que en tres documentos se reconoce expresamente el criterio de los paralelos latitudinales como límite marítimo territorial.

3 Arremetida social contra Álvaro Vargas Llosa

En base a esos tres documentos, y a muchos aspectos diversos de relativa importancia, como el uso del territorio en disputa, o a las referencias e interpretaciones que otros países han hecho de estos documentos en tiempos anteriores al litigio en La Haya, Álvaro nos muestra que posiblemente Perú pierda la contienda. Además, un argumento que no fue citado por Vargas Llosa –y que fue aprovechado por la defensa chilena- es que los libros Escuela Nueva del Perú, definen los límites marítimos en base a los paralelos. Y estos libros son publicados tras ser revisados por el ministerio de educación.

Ante este tipo de planteamientos, la población internauta peruana ha tenido insultos y burlas, antes que sana curiosidad y autoinformación sensata. La gente ha opinado con desconocimiento de causa y buscando dañar a quien piensa diferente, aun cuando exista la posibilidad de que tenga razón. Las fuentes en las que se basa Álvaro Vargas Llosa se encuentran en internet, colgadas en la misma página del congreso de la República. No obstante, internautas, periodistas y políticos hicieron escarnio y bullying contra los planteamientos detallados y fundamentados del mencionado autor, sin atacar sus argumentos con otros mejores, sino insultándolo de antipatriota, ninguneándolo, tildándolo de desconocido, etc.

En realidad, lo que Vargas Llosa buscó era decirle a la opinión pública peruana que nuestras posibilidades de triunfo son menores que las de Chile, algo que ningún medio de comunicación en Perú ni si quiera ha sugerido. El afán optimista, incluso a veces triunfalista, de nuestros líderes de opinión, en consideración de AVLL, podría arremeter contra la dignidad peruana y regenerar rencillas con Chile, ante una derrota más en nuestra historia.

En esta ocasión, nadie defendió a AVLL, se quedó solo contra la irracionalidad general, contra la tiranía de la mayoría, y lo más indignante de esto, es que quizá la historia le dé la razón en todo: Perú perderá el juicio y su población odiará más a Chile. Aunque, quizá, como el mismo AVLL advierte en su carta, se equivoque.


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